jueves, 8 de diciembre de 2011

tecnologia de base
Las Bases de Información hacen en el dominio de la información lo que las bases de datos hacen en el dominio de los datos.
La ventaja del uso de Bases de Información está en que permiten realizar un trabajo de diseño y desarrollo de aplicaciones más cercano al usuario el cual tiende a producir aplicaciones bien comportadas desde el punto de vista de la Arquitectura de Información. Esto significa aplicaciones de calidad: confiables, seguras, fáciles de entender, de usar, de mantener y de extender.
Ventajas adicionales del uso de bases de información son la facilidad de definición, desarrollo, implementación y transferencia tecnológica, lo cual normalmente reduce los costos y aumenta la productividad de las organizaciones, así como la de sus grupos de desarrollo de aplicaciones.
Cuando se trabaja con bases de datos se deben traducir los requerimientos de la aplicación en el dominio de la información a requerimientos en el dominio de los datos, obligando a realizar un trabajo de programación sofisticado, difícil y con muchos posibles puntos de falla. Por el contrario, cuando se trabaja con bases de información los requerimientos de la aplicación en el dominio de la información se usan en forma muy directa para diseñar la base de información, por lo que el desarrollo de la aplicación se simplifica, puede realizarse con la participación de los usuarios y obtiene resultados de calidad en tiempos mucho menores que los de la aproximación tradicional, ya que la conversión de los requerimientos de información en requerimientos de datos los realiza en forma automática el motor de bases de información.

Tecnología Doméstica Profeco: Base para pizza [Revista del Consumidor We...

iniciacion laboral


El derecho procesal laboral es una rama del Derecho procesal que se ocupa de los conflictos laborales ya sea individuales o colectivos que surgen en los procesos en materia de trabajo y seguridad social, sean entre empresario y trabajadores sobre el contrato de trabajo, o respecto a prestaciones de seguridad social entre el beneficiario y la administración. También se ocupa de las relaciones entre la Administración Pública y su personal (no funcionarios y por tanto sujetos al Derecho laboral).
En España, el proceso laboral viene regulado en el RDL 2/1995 de la Ley de Procedimiento Laboral. Dicha ley establece como requisito previo a la iniciación del procedimiento (salvo algunas excepciones) la celebración de un acto de conciliación previa entre el trabajador y el empresario. Dicho acto deberá solicitarse ante el servicio de mediación correspondiente que establezca cada Comunidad Autónoma. La solicitud de dicho acto suspenderá los plazos de caducidad e interrumpirá los de prescripción de la demanda correspondiente.
Celebrado sin éxito dicho acto, o en caso de que no comparezca el empresario (si el que no comparece es el trabajador, no tendrá derecho a interponer el proceso), se abre la vía judicial, pudiendo proceder el trabajador a interponer la demanda. Cabe destacar que si se demanda a una entidad pública, al Estado o a alguna CCAA por ejemplo, el requisito de la conciliación previa se sustituye por la necesidad de interponer reclamación previa por la vía administrativa, que en caso de ser denegada o no contestada en plazo abre igualmente la via judicial. Cabe destacar que no se exige el acto de conciliación en algunos procesos como el de impugnación de conflictos colectivos.


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